Por resolución de la Comisión Directiva, se dispuso que para la formación y el funcionamiento de Filiales y Peñas del Club Atlético Platense, las propuestas deberán adecuarse al presente reglamento:
Las Filiales y Peñas Oficiales son agrupaciones espontáneas de Socios que tienen únicamente vinculación afectiva con el Club Atlético Platense, sin perjuicio de los deberes y obligaciones de cada socio en particular tal como lo estipula el Estatuto del Club.
Las Filiales y Peñas Oficiales no podrán adoptar la forma de persona jurídica, sino que constituyen una simple reunión de asociados y simpatizantes de la Institución.
1º – El Club Atlético Platense reconocerá oficialmente toda Filiale o Peña Oficiale del interior y exterior de nuestro país, que los socios o simpatizantes deseen organizar en su localidad y zona de influencia, siempre que sus componentes cumplimenten las disposiciones del presente Reglamento, no vulneren las disposiciones estatutarias y reúnan los requisitos de seriedad y moral que la C. D. estime necesarios, siendo facultad privativa de sus directivos el reconocimiento o no de la misma.-
2º – Las Filiales y Peñas Oficiales comenzarán a actuar luego de ser aprobadas por la Comisión Directiva del Club Atlético Platense.-
3º – La Comisión Directiva podrá, por propia decisión, crear Filiales y Peñas Oficiales en localidades donde lo estime conveniente.
4º – Las metas que perseguirán fundamentalmente estas agrupaciones de socios, serán las siguientes:
a) consolidar y difundir los lazos de unión y camaradería que deben existir entre todos los socios y simpatizantes, sin otra distinción que su adhesión a nuestro Club;
b) difundir el deporte en todas sus manifestaciones;
c) recibir, apoyar y alentar a las delegaciones del Club que arriben a la localidad; d) apoyar y colaborar con la Comisión Directiva del Club en toda iniciativa que esta promueva;
e) fomentar la incorporación de socios en toda su zona de influencia;
f) vincularse con todos los medios sociales y deportivos de la zona.-
5º – Todos los integrantes de las Peñas o Filiales Oficiales deben ser socios del Club Atlético Platense. Estos se empadronarán dentro de la categoria de Adherentes tal cual lo estipula el art 13º (Titulo III de los socios – Capitulo I – Categorias) del Estatuto Social del Club. Además se fiajará una cuota mensual de adhesión la que en ningún caso podrá ser superior a la tercera parte del valor que abona el socio activo de nuestra Institución.-
El pago de la cuota social, será depositado a través de los medios que determine la Tesorería del Club Atlético Platense.
6º – Todos los integrantes de la Filial o Peña tendrán el privilegio para asistir a cualquier evento deportivo organizado por el club, previo aviso y aceptación de la Subcomisión de Filiales y Peñas.
7º – Dentro del organigrama de la Institución, los integrantes de la Comisión Interna de una Filial o Peña, tendrán el mismo nivel jerárquico que los miembros de las distintas sub comisiones del Club.-
6º – Las Filiales y Peñas sólo podrán actuar en nombre y representación del Club Atlético Platense mediante previa aprobación de la Honorable Comisión Directiva para un sólo fin determinado.-
7º – Cada Peña o Filial Oficial deberá estar constituida por una Comisión Directiva de al menos cinco miembros, distribuyéndose los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y un vocal. Los miembros de la misma deberán ser mayores de 18 años, realizar sus tareas AD-HONOREM y cumplir con lo estipulado en los puntos 1) y 2) del presente reglamento.
8º – Toda relación con el Club Atlético Platense se hará a través del Departamento de Peñas y Filiales, quienes elevarán, en caso de considerarlo necesario, toda inquietud a la Comisión Directiva.
9º – Toda Peña o Filial Oficial deberá fijar un domicilio legal, donde serán válidas todas las notificaciones cursadas por parte del Club. Cada Peña o Filial puede funcionar en un local cedido o arrendado, en cuyo caso, todo gasto tanto de alquiler como de impuestos, servicios, administrativos y personal si los hubiera, correrán por cuenta de los mismos, exonerando al Club Atlético Platense de toda eventual responsabilidad.
10º – Las Peñas y Filiales Oficiales no podrán utilizar como nombre de la Filial o Peña el nombre del Club Atlético Platense. Y En caso de querer emplear denominaciones con nombres de personas, deberá acompañarse una autorización escrita del mismo, o de sus familiares si el mismo ha fallecido. La Comisión Directiva podrá solicitar el cambio de nombre de la Peña y Filial en caso de considerar que el mismo no resulta adecuado a la Institución, moral y/o buenas costumbres.
11º – Para constituir una Filial o Peña deberá hacerse un Acta Fundacional donde figure la fecha de la fundación, nombre y domicilio de la filial o peña, los nombres y apellidos, domicilio, tipo y número de documento de identidad y número de socio del Club Atlético Platense, cuando así correspondiere, de los adherentes a la misma y todo dato de interés. Al pie del Acta deben constar las firmas de todos los Socios Adherentes presentes.-
12º – Para solicitar su reconocimiento como Filial o Peña Oficial, deberán enviar al Club Atlético Platense el Acta Fundacional y el Libro de Actas de las reuniones de la Comisión Interna de la Filial o Peña, acompañados por una solicitud en la que se detallará la siguiente información:
a) nombre de la Filial o Peña;
b) domicilio y demás datos identificatorios del local donde funcione;
c) dirección de mail y/o página web, si los hubiere;
d) nómina de los integrantes de la Comisión Interna y adherentes, con expresa indicación del cargo que ostentan, incluyendo los nombres y apellidos completos, domicilio, teléfono, tipo y número de Documento de Identidad, dirección de mail y número de socio del Club Atlético Platense cuando así correspondiere en este último caso;
e) días y horarios de reunión;
f) toda otra información que se considere de interés. Una vez cumplido este trámite y aceptada por Comisión Directiva del Club la constitución de la Filial o Peña, se devolverá, previa rubricación y foliado de todas las hojas, el Libro de Actas de las reuniones de la Comisión Interna de la Filial o Peña.
Una vez aprobada por la Comisión Directiva, el Club entregará por escrito su
reconocimiento mediante un certificado de bienvenida y procederá a su inscripción en el Registro de Peñas y Filiales Oficiales.
13º – Podrán ser aceptadas en calidad de Filial Oficial, aquellas que se constituyan a mas de 100 km, en localidades o zonas de influencia, en el pais o en el exterior, y que tengan un mínimo de 15 socios adherentes del Club Atlético Platense con domicilio real en la localidad de la Filial.-
14º – Cada Filial será presidida por una Comisión Interna integrada por habitantes de la localidad y aledaños que revisten la calidad de socios adherentes de la misma. Dicha Comisión se conformará con un Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y un vocal.
15º – Podrán ser aceptadas en calidad de Peña Oficial, aquellas que se constituyan a más de 100 km de la Sede social, en localidades o zonas de influencia, en el pais o en el exterior y que tengan un mínimo de 10 socios adherentes del Club Atlético Platense con domicilio real en la localidad de la Filial.
17º – Cada Peña será presidida por una Comisión Interna integrada por habitantes de la localidad y aledaños que revisten la calidad de socios adherentes de la misma. Dicha Comisión se conformará con un Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y un vocal.
18º – A la finalización de cada año calendario, la Filial o Peña Oficial deberá enviar un detalle de lo actuado e informar sobre la continuidad de los requisitos mínimos establecidos conforme los puntos 14º y 17º del presente reglamento.
19º Cuando una Filial o Peña Oficial reconocida decida transformar su calidad de tal en uno u otro sentido, por haberse modificado sus requisitos mínimos conforme los párrafos 14º y 17º , ut supra mencionados, deberá proceder de acuerdo a este Reglamento para su aprobación.
20º – La Filial elevará al Departamento de Peñas y Filiales, cada 3 (tres) meses, un informe de su gestión y una copia del libro de actas, en donde se asentarán todos los informes que surjan de las reuniones periódicas que lleven a cabo. Asimismo, deberá informar cualquier novedad de relevancia que transcurra durante ese período.
Se recuerda a todos los integrantes de las Peñas Oficiales del Club Atlético Platense, que la actuación de los mismos se encuentran sujetas a los derechos y obligaciones previstos por el Estatuto del Club; pero asimismo se redactan los siguientes derechos y obligaciones adicionales a aquellos socios integrantes de las Peñas:
OBLIGACIONES
a) Las metas que perseguirán, serán apoyar y colaborar con la Comisión Directiva en toda iniciativa que esta promueva y fomentar la incorporación de socios en toda la zona de actuación, a fin de incrementar la masa societaria de la Institución. Consolidar y difundir los lazos de camaradería y unión que deben existir entre todos los calamares, sin otra distinción que su adhesión y amor incondicional a nuestro Club.
b) Realizar aportes, donativos y contribuciones gratuitas para la Institución y en particular para sus divisiones inferiores.
c) Difundir el deporte en todas sus manifestaciones, recibir, alentar y apoyar a las delegaciones del Club que arriben a la localidad.
d) Colaborar con tareas de carácter social, cultural y comunitarias tales como colectas de alimentos, útiles, libres y acudir en cada necesidad que se plantee por parte de la Comisión Directiva.
e) Ser agentes de difusión en los medios de comunicación locales, de la información que genere nuestro Departamento de Prensa, y de las tareas de cada Peña o Filial Oficial, posicionando de esta manera al Club A. Platense en todas las vías de comunicación posible.
f) Las Peñas o Filiales que quisieran utilizar y/o adoptar nombres, símbolos, signos, escudos, u otros distintivos y/o imágenes registradas/os por el Club Atlético Platense o propiedad del mismo, tendrán que solicitar y obtener por escrito la correspondiente autorización por parte de la Comisión Directiva.
g) Organizar como mínimo un encuentro anual que reúna a socios y simpatizantes de la Institución así como a los integrantes de las distintas Peñas o Filales Oficiales. Para las celebraciones, actos, etc., estas deberán ser solicitadas por nota firmada por los representantes de la Peña o Filial Oficial, con una antelación no menor a los 45 días.
Esto es a efectos de poder contar con la participación de algún integrante de la
Comisión Directiva del Club. Dicha asistencia será confirmada en tiempo y forma, aunque el Club se reserva el derecho de variar la representación del mismo en cualquier momento.
h) Todas las Peñas o Filiales Oficiales tendrán el compromiso de mantener activa su organización y funcionamiento, cumpliendo con los requisitos formales que se
imponen en esta normativa y se comprometen a actualizar una vez por año (30 de Junio) por carta las siguientes situaciones:
1) Nómina de los integrantes de la Peña con Nombre y Apellido, dirección, teléfono, nº. de documento, y nº de socio.
2) En caso de corresponder datos donde funciona el local de la Peña o filial, como así también los días y horarios de reunión y toda información que se considere importante.
3) Cualquier alta o baja que se produzca entre los asociados y que las bajas no alteren el mínimo de socios solicitado
4) Cualquier modificación de domicilios, teléfonos o dirección de correos tanto de la Peña o Filial como de sus integrantes.
5) Un detalle de las actividades y reuniones realizadas durante ese año calendario para conocimiento y evaluación de la Comisión Directiva.
6) En caso de corresponder, el inventario Anual de pertenencias.
7) Realizar una Asamblea Anual aportando un certificado de la
realización de la misma.
DERECHOS
a) Toda Peña o Filial Oficial podrá, de considerarlo necesario, redactar su propio reglamento interno de funcionamiento, siempre que el mismo este en concordancia con los Estatutos del Club, con el presente reglamento y sea aprobado por la Comision Directiva del Club A. Platense.
b) La Comisión Directiva tendrá una consideración especial para los integrantes de las Peñas Oficiales, que den apoyo a las finalidades del Club A. Platense, dada su importancia en la proyección pública del Club.
Las Filiales o Peñas, coordinarán con Departamento de Peñas y Filiales, la organización de eventos con la participación de jugadores, técnicos, preparadores físicos, integrantes de la CD del Club Atlético Platense o alguna persona que se considere conveniente. El Departamento de Peñas y Filiales deberá solicitar a la CD del Club Atlético Platense la autorización correspondiente. El Club Atlético Platense tendrá prioridad sobre los deportistas que surjan de las Filiales.
c) Toda Filial o Peña Oficial queda autorizada a recibir donaciones o recibir aportes sin cargo para ser adquiridos por el Club Atlético Platense tanto para sus instalaciones como para el Departamento de Futbol Amateur.
d) Organizar rifas, cenas, eventos sociales y deportivos con el fin de recaudar fondos para su mantenimiento y proyección. En caso de organizar actos como los mencionados anteriormente se deberá solicitar previamente por escrito la autorización a la Comisión Directiva, así como la intervención de las entradas, bonos, etc. por parte de la Tesorería del Club, para su posterior rendición, control y balance respectivo.
e) A las Peñas o Filiales que posean página web se les autorizará la incorporación de un link en el Sitio Oficial del Club Atlético Platense que las vincule.
En los casos de aquellas Peñas o Filiales que no posean una página web la información de dichas Peñas o Filiales se hará a través del sitio oficial del Club. También se creará una sección especial de Peñas o Filiales Oficiales donde constarán las distintas referencias de las mismas para poder así acceder a los datos de contacto y lograr una mayor comunicación de todos los socios y simpatizantes que por algún motivo se encuentren en las distintas localidades donde hubiere una Peña o Filial y quisieran contactarse con la misma.
d) A todas las Peñas o Filiales Oficiales se les asignará un correo electrónico vinculado a nuestro Sitio Oficial, por ejemplo: nombredelapeñaofilial@cap.org.ar, la cual se manejará exclusivamente por las personas que determinen los responsables de cada una de las Peñas o Filiales, notificadas a la Comisión Directiva.
e) Se dará el beneficio a los socios de poder adquirir por intermedio de la Peña los bonos y/o adicionales que el Club fijase para los distintos partidos de índole nacional o internacional. La Comisión Directiva podrá optar por dar el beneficio a aquellos socios de Peñas o Filiales Oficiales que se encuentren a más de 80 Km. de Sede Social, de adquirir las entradas para aquellos partidos que dispute nuestra Institución.
f) Las Peñas o Filiales que resulten beneficiadas por el punto e) deberán realizar dicho pedido por correo electrónico a la casilla que oportunamente se les notificará por parte Departamento de Peñas y Filiales. Los bonos, adicionales y/o entradas se retirarán en día y horario a convenir. Las mismas deberán ser abonadas en su totalidad al momento de ser retiradas y no se aceptarán devoluciones de ninguna índole.
En caso de irregularidades como son por ejemplo: el no abono de la totalidades de las reservas así como el uso indebido (venta y/o reventa) de los distintos tickets la Comisión Directiva se encuentra facultada para revocar dicho beneficio a la Peña o Filiale a la cual pertenezca el asociado infractor.
g) La Comisión Directiva podrá concurrir a las reuniones de las Peñas o Filiales como simple observador o para transmitir y dialogar sobre distintos temas institucionales. En caso de ser solicitada la presencia por parte de la Peña o Filiale, la misma deberá ser solicitada con la debida anticipación a los efectos de coordinar dicha asistencia.
h) También es facultad de la presente Comision Directiva otorgar otros beneficios o premios a las Peñas o Filiales o sus integrantes que no se encuentren incluidos en el presente.
SANCIONES Y/O DISOLUCIONES
La Comisión Directiva por simple mayoría podrá retirar el reconocimiento de la Peña como tal y excluirla del sistema de beneficios especiales, cuando:
1) Sus integrantes participen en actos de violencia con motivo u en ocasión de
espectáculos deportivos.
2) Las entradas, bonos, adicionales y demás tickets posean un destino distinto al de sus integrantes.
3) Sus responsables hayan recibido sanciones o suspensiones como asociados por algunas de las inconductas previstas en el Estatuto Social del Club.
4) Carezcan del mínimo de asociados con las cuotas al día estipulados para cada caso.
5) Ausencia de voluntad de colaboración para el engrandecimiento de la Institución.
6) En caso de disolución de una Peña, todos los bienes obtenidos durante el
funcionamiento de la misma pasarán al dominio del Club Atlético Platense, no así los locales y mobiliarios que hubieren sido facilitados en préstamo por personas o instituciones a modo de colaboración para permitir el desenvolvimiento de la Peña Oficial.
Asimismo se deja constancia, de que toda situación no contemplada en la presente, quedará a resolución de la Comisión Directiva del Club Atlético Platense, teniendo esta la facultad de modificar, ampliar, suprimir o dar por disuelto el presente Reglamento de Peñas y Filiales Oficiales.